viernes, 23 de agosto de 2019

Y para arrancar, el artículo n° 1...

Foto: prodavinci.com

“Las leyes son innecesarias, pues los soberbios y los delincuentes no las respetan, y lo buenos ciudadanos no las necesitan”.

Algo así reza un viejo axioma que si bien es simplista, encierra cierta verdad que, de manera notable en estos tiempos, se confirmaría, sobre todo, en la primera parte de esta sentencia.

Pero las leyes no son solo reglamentos sancionatorios. Las leyes son principios traducidos en códigos, cuya aplicación hace posible la gobernabilidad y la gobernabilidad solo es posible si esos códigos son aplicables en la realidad real.

La tan propalada Ley de Pesca y Acuicultura vigente, de cuyo fiel y efectivo empleo se jactan hasta el hartazgo en las RRSS y en cadenas televisivas ministros y directores, ¿a dónde nos ha traído? ¿Cuál ha sido el resultado de contar con la “calidad revolucionaria” que enuncia la Ley como condición moral necesaria para “asegurar la soberanía alimentaria…” y “…disponibilidad suficiente de productos de la pesca de manera estable y permanente…”? ¿En qué ha derivado el “incentivo y acompañamiento para las unidades de producción socialista…”, o el “…gozo de beneficios, protección y trato preferencial de las leyes” para el pescador artesanal?

Resumo ese resultado, para los que todavía no me han dispensado con el favor y la paciencia de leer artículos anteriores de este blog: 






Producción




·         Descenso general de las capturas totales, en cerca de 50 % (510 mil toneladas en 1998 a  260 mil declaradas a la FAO en 2016).
·         Para los rubros emblemáticos, atún y sardina, los descensos son del orden del 70 % y del 80 % respectivamente.
·         Contracción de la producción derivada de la pesca continental del orden del 42%.
·         Estancamiento de la producción derivada de la acuicultura, con tendencia a la reducción.


Políticas de subsidio y apoyo a la pesca

·         Incremento inorgánico de la flota pesquera de escala menor.
·         Sector atunero con pérdida de las condiciones nacionales de descarga.
·         Incentivos para la adquisición de unidades pesqueras de baja eficiencia.
·         Desprofesionalización de la gente de mar: infraestructura y capacidad académicas desatendidas, relegadas y subutilizadas.
·         Desmantelamiento total de la flota científica de investigación pesquera.
·         Incrementos hiperinflacionarios de precios de rubros pesqueros, a pesar del reparto indiscriminado de embarcaciones y subsidios desmedidos a combustibles y lubricantes.


Provisión de alimentos y calidad nutricional de la población


  • Caída de la oferta per cápita de sardina, con la consecuente disminución del consumo cultural per cápita, que desciende de 2,5 kg/año, a menos de 0,5 kg/año.
  • Disminución consiguiente de la ingesta de alimentos aportadores de nutrimentos  esenciales para la salud de la población y para el desarrollo neurológico de los niños.






Regulaciones sobre los recursos pesqueros y sus hábitats

  • Uso de los recursos bajo regulaciones no avaladas con estudios biológico pesqueros recientes, o en ausencia total de tales estudios.
  • Proliferación de embarcaciones arrastreras artesanales y redes “mandinga”, operando en ecosistemas costeros de alta  vulnerabilidad.
  • Ausencia de programas permanentes de seguimiento de variables de estatus poblacional de especies de interés pesquero y de sus hábitats.
  • Ausencia de integración en el diseño y manejo de Áreas Marinas Protegidas y pesquerías asociadas.
  • Ausencia de estudios y previsiones sobre el impacto del cambio climático sobre  ecosistemas acuáticos, sus componentes biológicos, infraestructura costera y sus habitantes.


Impacto social: empleo e ingreso familiar

  • Debilidad e informalidad laboral del gremio de pescadores artesanales, compuesto por más de 40 mil personas.
  • Pérdida de más de 20 mil empleos directos, con la eliminación de la pesca industrial de arrastre, medida que fue acompañada con pautas compensatorias improvisadas e insuficientes.



El ordenamiento de la actividad pesquera debe estar, en primer lugar y sobre todo, dirigido a procurar la viabilidad ecológica de su práctica, que no es otra cosa que la sostenibilidad en el tiempo. Sin eso, cualquier otra disposición y reglamento, independientemente de su calidad, termina siendo fútil. Sin eso, las buenas intenciones legales, incluso aquellas que pretenden proteger a un conjunto social que, de entrada se le juzga débil, desvalido e incapaz de labrar su propio bienestar –el pescador artesanal- terminan siendo papel mojado.
Vistos los resultados de la tabla anterior, ¿cuál de estos dos enunciados que siguen piensan ustedes que debería ser entonces el que encabece los principios rectores de una Ley diseñada para procurar funcionalidad, sostenibilidad y bienestar social?

Opción A:
Artículo 1. Este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene por objeto regular el sector pesquero y de acuicultura para asegurar la soberanía alimentaria de la Nación, especialmente la disponibilidad suficiente y estable de productos y subproductos de la pesca y la acuicultura dirigidos a atender de manera oportuna y permanente las necesidades básicas de la población. A tal efecto, establecerá las normas a través de las cuales el Estado planificará, promoverá, desarrollará y regulará las actividades de pesca, acuicultura y conexas, en base a los principios rectores que aseguren la producción, la conservación, el control, la administración, el fomento, la investigación, el aprovechamiento responsable y sustentable de los recursos hidrobiológicos, teniendo en cuenta los aspectos biológicos, tecnológicos, económicos, sociales, culturales, ambientales y de intercambio y distribución solidaria.

Opción B:
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto fomentar el aprovechamiento sostenible de los recursos acuáticos vivos, a través del manejo ecosistémico que integre la dinámica poblacional de las especies objeto de extracción o cultivo, su biología,  la biodiversidad de sus comunidades naturales, sus interacciones tróficas, hábitats, sensibilidad al Cambio Climático y su naturaleza como fuente de bienestar para las comunidades de pescadores, acuicultores y ciudadanía en general.

 A nosotros los ciudadanos, la palabra...



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